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El Banco Central de los EAU extiende la supervisión total a las plataformas DeFi y Web3 bajo una nueva ley federal

Los Emiratos Árabes Unidos han ampliado drásticamente su perímetro regulatorio financiero con el Decreto-Ley Federal No. 6 de 2025, que entrará en vigor el 16 de septiembre de 2025, colocando todas las actividades de finanzas descentralizadas (DeFi), plataformas Web3 y servicios financieros basados en tecnología de libro mayor distribuido bajo la supervisión directa del Banco Central de los EAU (CBUAE).

Lo que cubre la nueva ley

La legislación considera a cualquier entidad que ofrezca servicios financieros — incluidos pagos, préstamos, gestión de activos o actividades relacionadas con activos virtuales — como regulada, independientemente de si el servicio se entrega a través de infraestructura tradicional o mediante contratos inteligentes, dApps o protocolos descentralizados.

Disposiciones clave:

  • Licencia obligatoria para cualquier entidad que realice actividades financieras reguladas en o desde los EAU
  • Requisitos mínimos de capital, gestión de riesgos y gobernanza
  • Cumplimiento total con las normas de AML/CFT, protección del consumidor y estándares de resiliencia operativa
  • Las sanciones por incumplimiento alcanzan AED 1 mil millones (~$272 millones)

Los operadores existentes tienen un período de gracia de un año ( hasta aproximadamente septiembre de 2026) para obtener licencias o cesar actividades orientadas a los EAU.

Alcance y ámbito territorial

A diferencia de los marcos anteriores que delegaron en gran medida la regulación de activos virtuales a zonas financieras libres (DIFC, ADGM y VARA), la nueva ley federal afirma la autoridad nacional. Anula explícitamente las exenciones de las zonas libres para actividades clasificadas como servicios financieros tradicionales, incluso cuando se ejecutan en la cadena.

Esto significa:

  • Los protocolos DeFi puros accesibles para los residentes de los EAU ahora caen bajo la jurisdicción del CBUAE
  • Las pools de préstamos, intercambios descentralizados y agregadores de rendimiento deben estar licenciados si sirven a usuarios de los EAU
  • Los proyectos offshore que buscan el mercado de los AE también están sujetos al régimen

Tratamiento Separado para Activos Virtuales “Puros”

Zonas francas como el DIFC ( con su Régimen de Tokens Cripto) y ADGM continúan regulando activos virtuales nativos (, p.ej., Bitcoin, Ethereum y tokens de utilidad no financiera) bajo sus marcos existentes. Sin embargo, cualquier actividad que se asemeje a servicios bancarios, de pagos o de inversión — incluso si es completamente en cadena — ahora está gobernada a nivel federal por el Banco Central.

Objetivos de la Reforma

Las autoridades de los EAU describen el movimiento como necesario para:

  • Asegurar la estabilidad financiera en un paisaje cada vez más descentralizado
  • Prevenir el arbitraje regulatorio entre las jurisdicciones de la parte continental y las zonas francas
  • Atraer capital institucional proporcionando supervisión clara y completa

Reacción de la Industria

La ley ha desencadenado una discusión generalizada:

  • Muchos proyectos de DeFi han comenzado a bloquear geográficamente las direcciones IP de los EAU o están explorando estructuras con licencia.
  • Los jugadores institucionales ven la claridad como algo positivo para el despliegue de capital a largo plazo.
  • Los desarrolladores argumentan que la redacción amplia podría criminalizar inadvertidamente el uso de protocolos de código abierto.

En resumen, el Decreto-Ley Federal No. 6 de 2025 somete por primera vez todo el espectro de la actividad financiera descentralizada a la supervisión del Banco Central, cerrando las brechas regulatorias anteriores y estableciendo a los EAU como una de las jurisdicciones más completas — y estrictas — para las finanzas en cadena en todo el mundo.

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