Claves de la reforma laboral argentina: todo lo que cambia en el mundo del trabajo a partir de 2026

La reforma laboral promulgada por el Gobierno esta semana marca un punto de inflexión en la legislación argentina del trabajo. Con la publicación del Decreto 137/2026 y la sanción de la Ley 27.802, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra Sandra Pettovello, comienza a desplegarse uno de los cambios más ambiciosos del oficialismo. Esta reforma laboral representa una transformación profunda que afecta desde la estructura de la jornada diaria hasta las formas de contratación, pasando por indemnizaciones, vacaciones y el registro de trabajadores.

Jornada de trabajo flexible: de 8 a 12 horas según acuerdo

La jornada laboral estándar se mantiene en ocho horas diarias o 48 semanales, pero la reforma laboral introduce una flexibilidad radical. Las partes pueden negociar una distribución desigual de las horas semanales, siempre que no excedan las nueve horas en un solo día.

El cambio más disruptivo es la posibilidad de pactar jornadas de hasta 12 horas diarias mediante acuerdo escrito, con un régimen de compensación por horas extraordinarias. Se preservan los descansos diarios de 12 horas mínimas y las 35 horas de días francos obligatorios por semana. Para regular estas jornadas extendidas, se crearon los bancos de horas, que permiten compensar días con más carga laboral con otros de menor intensidad, sin exceder los topes semanales legales.

En materia de formación profesional, se reconoce el derecho del trabajador a acceso a capacitación y trato igualitario. Para empleados en casas particulares, el período de prueba se fija en seis meses para contratos indefinidos. Los trabajadores a tiempo parcial pueden realizar horas suplementarias voluntarias, pero quedan excluidas las extraordinarias.

Vacaciones: menos rigidez, más negociación

La reforma laboral flexibiliza el régimen vacacional al introducir el concepto de acuerdo mutuo entre trabajador y empleador. Aunque mantiene la obligación de otorgar períodos de descanso al menos una vez cada tres años en temporada estival (octubre a abril), permite salidas fuera de esta ventana mediante negociación directa.

La novedad más relevante es que las vacaciones ya no necesitan tomarse completas y corridas. El trabajador y el empleador pueden acordar fraccionarlas en tramos de mínimo siete días cada uno, otorgando mayor flexibilidad a ambas partes y adaptándose mejor a necesidades operativas de empresas y preferencias personales.

Indemnizaciones: nueva base de cálculo y el Fondo de Asistencia Laboral

Uno de los pilares de esta reforma laboral es la redefinición del sistema de indemnización. El cálculo se basa ahora en la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, excluyendo el aguinaldo, vacaciones y premios no mensuales.

Se establecieron topes: la indemnización no puede exceder tres veces el salario promedio del convenio aplicable, con una indemnización mínima del 67% de la remuneración calculada sin topes. Crucialmente, esta indemnización es la única reparación procedente, excluyendo reclamos por daños y perjuicios bajo el Código Civil, lo que reduce significativamente la litigiosidad potencial.

Para financiar estas indemnizaciones, se creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un patrimonio separado e inembargable administrado por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Las contribuciones mensuales obligatorias varían según tamaño empresarial:

  • Grandes empresas: 1% de remuneración bruta, con potencial de incrementarse hasta 1,5%
  • MiPyMEs: 2,5% de remuneración bruta, hasta 3% máximo

El sistema FAL entrará en vigencia el 1 de junio de 2026, pero solo responderá por indemnizaciones una vez que el empleador haya realizado al menos 6 aportes mensuales.

Salarios dinámicos y nuevas estructuras remunerativas

Esta reforma laboral incorpora un concepto que el Gobierno señala ya existía en la práctica: los salarios dinámicos. Permite estructurar la remuneración con componentes variables basados en mérito, productividad u organización del trabajo, negociables en convenios colectivos o acuerdos individuales. Estos componentes variables no generan derechos por costumbre ni ultraactividad.

Esto significa que sobre los salarios obligatorios por convenio se pueden sumar bonificaciones transitorias, fijas o variables, adaptando el ingreso a factores de desempeño sin rigidez estructural. Una aclaración crucial: las propinas no tienen carácter remuneratorio bajo esta reforma laboral, independientemente de costumbres, por lo que no impactan en indemnizaciones, premios o SAC.

Finalmente, se establece que los salarios deben abonarse exclusivamente en cuentas bancarias o instituciones oficiales de ahorro (Cuenta Sueldo), prohibiéndose billeteras virtuales.

Simplificación del registro: centralización en ARCA

La reforma laboral centraliza la registración laboral en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), eliminando requisitos múltiples y multas por incumplimiento anteriores. Ahora el registro ante ARCA es suficiente para todos los efectos, prohibiéndose exigencias adicionales de otras autoridades.

Se permite digitalizar libros laborales con plena validez legal, aunque los originales deben conservarse 10 años. Se presume contrato de trabajo cuando existe prestación de servicios bajo dependencia, pero esta presunción no aplica si existen facturas por servicios profesionales u oficios conforme a reglamentación.

Formalización: incentivos y condonación de deudas

La reforma laboral establece dos regímenes para impulsar la formalización laboral. El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) reduce contribuciones patronales para nuevas contrataciones, con tasas de solo 2% total en contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y fondos conexos, más 3% al Subsistema de Seguridad Social. Estos beneficios se aplican durante los primeros 48 meses de la relación laboral.

La Promoción del Empleo Registrado (PER) ofrece condonación de hasta 70% de deudas por aportes y sanciones para empleadores que regularicen personal dentro de 180 días. Adherentes al PER además logran extinción de acciones penales, condonación de infracciones, multas, sanciones y baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

Servicios esenciales: restricciones a paros y huelgas

La reforma laboral impone límites estrictos al ejercicio del derecho de huelga en sectores críticos. Se establecen coberturas mínimas exigidas:

  • Servicios esenciales (75% mínimo): salud, agua, gas, electricidad, telecomunicaciones, aviación comercial, educación y seguridad privada
  • Actividades trascendentales (50% mínimo): transporte, aduanas, industria alimenticia, banca, hotelería, siderurgia y comercio exterior

Cualquier medida de fuerza en estos sectores debe comunicarse con cinco días de antelación. Las fuerzas de seguridad deben garantizar 100% de prestación normal. Una comisión de garantías puede calificar nuevas actividades como esenciales según criterios de riesgo a vidas, salud o seguridad.

Reformas del sistema judicial laboral

La reforma laboral introduce cambios procesales profundos para agilizar litigios y proteger predictibilidad empresarial. Los intereses por mora se actualizarán con Índice de Precios al Consumidor más 3% anual. Se permite pago de sentencias en cuotas: hasta 6 para grandes empresas, hasta 12 para MiPyMEs.

Las costas procesales no pueden exceder 25% del monto de sentencia o acuerdo; si los honorarios superan este tope, el juez debe prorratearlos. Se reduce la caducidad de instancia a 6 meses en primera instancia y 3 meses en segunda. Se aprobó transferencia de competencia: la Justicia Nacional del Trabajo pasará a órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los honorarios de peritos médicos y psicólogos ya no vincularse al monto del juicio ni porcentaje de incapacidad, sino a calidad y extensión del trabajo técnico, buscando reducir litigiosidad y garantizar predictibilidad.

Esta reforma laboral representa un cambio paradigmático en cómo se estructura el vínculo laboral en Argentina, pivoteando desde rigidez normativa hacia mayor flexibilidad negociada entre empleadores y trabajadores, con nuevos mecanismos de financiamiento y simplificación administrativa que el Gobierno espera acelere la formalización y crecimiento del empleo registrado.

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