El Banco Central de Brasil publica reglas regulatorias para que los bancos ofrezcan servicios de criptomonedas

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Fuente: PortaldoBitcoin Título Original: Banco Central define reglas para bancos ofrecer servicios de criptomonedas Enlace Original: https://portaldobitcoin.uol.com.br/banco-central-define-regras-para-bancos-oferecerem-servicos-de-criptomoedas/ El Banco Central de Brasil publicó este jueves (22) las reglas para que los bancos ofrezcan servicios de compra y venta de criptomonedas a sus clientes. El punto principal es la exigencia de contratar auditorías externas para demostrar buenas prácticas en la segregación de activos virtuales.

La instrucción normativa CCB nº 701/2026 se aplica a las empresas mencionadas en el artículo 20 de la resolución nº 520: bancos comerciales, bancos de divisas, bancos de inversión, bancos múltiples, Banco de la Reserva Federal de Brasil, corredoras de valores, distribuidoras de valores y corredoras de divisas.

Los bancos que deseen ofrecer servicios de activos virtuales (como custodia y intermediación) deben obtener una certificación técnica elaborada por una empresa calificada e independiente. La intermediación es un término utilizado por el Banco Central para actividades de compra, venta y conversión de criptomonedas a reales.

Este informe debe demostrar que el banco ha segregado eficazmente los activos virtuales de los clientes de los activos propios de la institución, y proporcionar una prueba de reservas que certifique que la empresa realmente posee los activos virtuales en nombre de sus clientes y usuarios.

El documento también debe demostrar que el banco cuenta con una estructura de gobernanza y cumplimiento adecuada, incluyendo gestión de riesgos y capital, así como políticas de ciberseguridad. La normativa amplía significativamente el alcance de la certificación técnica, además de evaluar la contratación de servicios relacionados (incluidos servicios tecnológicos y en la nube), la capacidad operativa de los proveedores de servicios externos y los planes de recuperación en caso de eventos que afecten los activos de los clientes.

Se debe incluir una opinión concluyente que certifique la existencia de controles internos, políticas de prevención de lavado de dinero, y mecanismos de monitoreo continuo de riesgos y eventos. El Banco Central puede solicitar un informe más detallado, que deberá estar disponible para las autoridades supervisoras durante al menos cinco años.

La instrucción normativa entrará en vigor el 2 de febrero de 2026, y a partir de esa fecha, las instituciones estarán sujetas a los nuevos requisitos.

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